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lunes, marzo 18, 2024

AFIP anunció que los pequeños comercios quedarán eximidos del nuevo IVA de 3% a alimentos

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Un guiño para los pequeños comercios llegó por parte de la AFIP. A poco de la entrada en vigencia del nuevo 3% de IVA a alimentos el próximo 1 de abril que deberá abonarse a los vendedores entreguen factura A, este miércoles se emitió una resolución que excluye a las empresas de menor tamaño.

Cabe mencionar que el nuevo porcentaje del IVA a los productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza, percibido para responsables inscriptos en el impuesto. Todo indica que esta suba impactará en los precios.

Los cambios con la nueva resolución excluye a los alcanzados por ser responsables inscriptos en el impuesto y pedir factura A pero los utilicen como materia prima para otros alimentos posteriores. Además, el monto mínimo percibido será de $3.000, a diferencia de los $60 que estaban en un principio.

Con la modificación, la compra podrá ser de hasta $100.000, uno de los puntos principales del cambio ya que el monto anterior estaba en $2.000. Con respecto a los alimentos que perciben un IVA reducido de 10,5%, la alícuota de la nueva percepción está fijada en 1,5%.

De todos modos, la fecha de entrada en vigencia del nuevo IVA se mantiene en el 1 de abril tras la nueva resolución de la AFIP.

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