La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó la cifra de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito y prorrogó el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023.
Según la Resolución General N.º 5360, aumentó el monto a un límite mensual de $4.056 por beneficiario y de $8.114 para aquellos que cobren dos o más beneficios, según rige desde este mes.
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios realizan compras en todo tipo de comercios con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones.
Mientras que el reintegro también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
Según comunicó la AFIP, el régimen abarca a aquellos productos que se comercializan en negocios dedicados a la venta al por menor y al por mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentran inscriptos ante la AFIP.
También están alcanzados los kioscos y farmacias, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.
La condición para el reintegro es que la tarjeta de débito esté asociada a la cuenta bancaria del jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo.
De los contrario, aunque quien realiza la compra sea titular de alguna de las asignaciones, el reintegro no podrá ser aplicado.